Resumen:
A un mes de la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, en esta nota se revisa el contenido principal del deber de investigar y del deber de buscar que en materia de desaparición de persona tiene el Estado mexicano a través de la Ley. Se destacan los órganos y algunas de sus principales funciones que deben ser creados para el cumplimiento de éstos deberes, como las Fiscalías Especializadas, la Comisión Nacional de Búsqueda y las Comisiones Locales de Búsqueda.