Resumen:
El dictamen en materia de Guardia Nacional propone un plazo de máximo 60 días, durante el cual el Congreso de la Unión deberá expedir una Ley General del Registro de Detenciones. Sin embargo, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) ya establece, desde 2009, la obligación del Estado mexicano de crear y mantener un registro de detenciones . Esto en su Título Séptimo, Capítulo Único, Sección Primera “Del Registro Administrativo de Detenciones”. Se recomienda revisar y en su caso, reformar, la Ley General del SNSP.